Sala Primera responsabiliza a notario por omitir advertencia en compraventa de una finca

La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia declaró la responsabilidad civil de un notario por incumplir su deber de asesorar a un vendedor durante la compraventa de una finca.
El tribunal concluyó que el profesional no advirtió los riesgos de aceptar tres vehículos como parte del pago sin verificar su titularidad.
El caso inició en 2017, cuando una persona vendió una finca a una sociedad anónima; el acuerdo incluyó la entrega de tres vehículos como parte del precio, pero el vendedor aseguró que nunca los recibió y presentó una demanda civil contra el notario que autorizó la escritura.
En 2021, el Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil rechazó la demanda al considerar que el notario no tenía responsabilidad, sin embargo, la Sala Primera revocó esa decisión tras resolver un recurso de casación y determinó que el tribunal interpretó de forma incorrecta los deberes establecidos en el Código Notarial.
La Sala concluyó que el notario no comprobó si los vehículos estaban inscritos a nombre del comprador y tampoco informó al vendedor sobre las consecuencias jurídicas de aceptar bienes sin acreditar su propiedad. Además, detectó inconsistencias en la escritura matriz que evidenciaron una asesoría insuficiente.
Mediante la sentencia 000214-F-S1-2026, la Sala Primera declaró parcialmente con lugar el recurso de casación, revocó la absolución del notario y lo condenó al pago de daños, perjuicios y costas.
El monto se definirá durante la etapa de ejecución de la sentencia.



