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Gobierno publica requisitos para carta que le permitirá circular durante restricción vehicular sanitaria

Este sábado se dieron a conocer las nuevas medidas que aplicarán durante las próximas semanas tanto a nivel de transporte como de servicios.

El decreto ejecutivo publicado para la restricción vehicular sanitaria tanto diurna como nocturna establece los siguientes requisitos para la carta de Constancia Laboral que deben portar aquellos trabajadores que necesiten circular en estos periodos:

a) Nombre de la persona trabajadora.
b) Número del documento de identidad correspondiente.
c) Horario de trabajo.
d) Domicilio.
e) Nombre de la empresa o la institución en la cual labora.
f) Ubicación de la empresa o institución en la cual labora.
g) La excepción invocada.
h) Número de placa del vehículo en el cual requiere movilizarse la persona trabajadora.
i) Firma de la persona encargada de emitir o de dar validez a la constancia laboral.
j) En caso de que la persona trabajadora requiera trasladarse con el apoyo de otra persona, la constancia laboral deberá consignar los datos de esa segunda persona: nombre y documento de identidad.

Además el Gobierno publicó el siguiente machote para la Constancia Laboral:

La carta con este formato debe presentarse desde el miércoles 15 de abril a las 5:00 a.m.

Para el resto de la población, estos son los horarios de restricción vehicular sanitaria:

Tome en cuenta que el fin de semana la restricción será total con las siguientes excepciones: acceso a supermercados, abastecedores, pulperías, farmacias y centros de salud.

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