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A partir del 1° de diciembre, contribuyentes deben incluir «Catálogo de Bienes y Servicios» en comprobantes

Por Alejandro Meléndez D.

El Ministerio de Hacienda recordó a los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que a partir del 1° de diciembre deben usar el Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS), a la hora de emitir comprobantes electrónicos.

CAByS es un listado oficial de códigos de bienes y servicios que se comercializan en el mercado nacional, agrupado por categorías y cuenta con la tarifa referencial del IVA, de conformidad con la legislación vigente.

Los bienes y servicios del catálogo se identifican con un código único de 13 dígitos, lo que permite su individualización. Parte de 10 categorías generales hasta ampliarse a más de 20 mil productos.

Según Hacienda, también estará integrado al Sistema Exonet, por lo que en los próximos días se realizarán una serie de cambios en el formulario “Solicitud de Exención de Impuestos Locales Genérica”, los cuales entrarán en vigencia el 1° de diciembre.  

Carlos Vargas, de Tributación Directa aseguró que al ser una nueva herramienta automatizada les facilitará el cumplimiento voluntario, identificará los bienes y servicios con una tarifa IVA de referencia, agrupará los bienes y servicios en categorías, y les facilitará el control de inventarios y de las transacciones.

Para Hacienda, la entrada en operación de este catálogo mejorará los controles y la lucha contra la evasión, al unificar la información declarada por los contribuyentes y facilitar la trazabilidad.

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