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Anulan artículo de reglamento interno del Ministerio de Trabajo que daba el día libre al empleado el día de su cumpleaños

Por Alejandro Meléndez D.

La Sala Constitucional anuló un artículo del reglamento interno del Ministerio de Trabajo que permitía que los colaboradores de esa institución pudieran ausentarse con todo pagado el día de su cumpleaños.

Se trata del artículo 26 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Ese apartado se leía de la siguiente manera: «Todo servidor tendrá derecho a licencia por una jornada completa con goce de salario el día de su cumpleaños. Dicho beneficio se dará a solicitud del interesado, previa autorización del jefe inmediato y siempre y cuando esa fecha coincida con día hábil de labores.».

El alto tribunal, en la resolución 24199 del 16 de diciembre del 2020, rechazó que fuesen inconstitucionales otros tres artículos en ese mismo reglamento, así como seis artículos de la convención colectiva del Ministerio de Trabajo.

Entre las normas que seguirán vigentes figura «conceder licencia hasta por una semana con goce de salario en caso de fallecimiento de los hermanos», según reza el artículo 59 del Reglamento Autónomo.

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