Sala IV frena subastas de radio y TV para resguardar el pluralismo informativo

La Sala Constitucional anuló los procedimientos de licitación de frecuencias de radio y televisión al determinar que el criterio exclusivo de la oferta económica más alta no garantiza el pluralismo informativo.
La sentencia 2026-7626 resolvió el expediente 25-031501-0007-CO y declaró con lugar el recurso de amparo.
El Tribunal concluyó que los concursos 2025LY-000001-SUTEL (AM), 2025LY-000002-SUTEL (FM) y 2025LY-000003-SUTEL (TV) omitieron la obligación de asegurar diversidad de medios y contenidos.
La mayoría señaló que el modelo basado solo en el monto ofertado podía favorecer la concentración del espectro en grandes operadores.
La Sala sostuvo que el Estado debe proteger la pluralidad como condición esencial de la libertad de expresión y del sistema democrático.
La resolución anuló las subastas y ordenó a las autoridades competentes diseñar nuevos procedimientos que incorporen criterios que garanticen una distribución transparente e igualitaria del espectro radioeléctrico.
También dispuso que se asegure la continuidad de los servicios actuales mientras se realizan los nuevos concursos.
Además, el Tribunal condenó a la Superintendencia de Telecomunicaciones y al Estado al pago de costas, daños y perjuicios.
Organizaciones del sector habían advertido sobre el impacto de la subasta en el pluralismo y la libertad de expresión antes de la sentencia. Por ejemplo, la Asociación Internacional de Radiodifusión (AIR) celebró decisiones de la Sala que suspendieron los concursos por riesgo de limitar la diversidad de voces y reducir la capacidad de los medios para informar, al señalar que el proceso impulsado por la Superintendencia de Telecomunicaciones podía afectar el derecho de la ciudadanía a estar debidamente informada.



