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¡Recuerde! Feriado del 2 de agosto es de pago no obligatorio

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) recordó a la población que el feriado del 02 de agosto que conmemora el Día de la Virgen de los Ángeles, es reconocido como de pago no obligatorio, de acuerdo con el Código de Trabajo.

El vocero de la entidad, Giovanny Díaz, indicó que las empresas que tienen pago semanal deben pagar los días trabajados sin incluir el pago del día feriado si no se trabaja.

En cuanto a los centros de trabajo que pagan mensual o quincenalmente, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 02 de agosto.

Además, la institución recordó que la fecha no se traslada, es decir, se mantiene para el propio viernes 02 de agosto. 

Según el Código de Trabajo, aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, debe conceder ese día feriado a los trabajadores, ya que ninguna persona está obligada a laborar el día feriado a menos que esté de acuerdo con hacerlo.

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