Judicial

Juez ordena suspender decretos de restricción de agosto

Redacción

El Tribunal Contencioso Administrativo suspendió lo establecido por los decretos relacionados con el covid-19 en lo que se refiere a la restricción vehicular.

Así lo hizo al declarar con lugar parcialmente una medida cautelar presentada por seis alcaldes del país, quienes buscaban la suspensión de varios actos administrativos relacionados con la pandemia.

Los alcaldes firmantes argumentaron que las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo son arbitrarias y carentes de parámetros técnicos, al tiempo que, según ellos, favorecen las aglomeraciones en medios de transporte público y lugares de compras por habilitar solo ciertas franjas de tiempo.

En el fallo dado a conocer este miércoles, el juez Alcevith Godínez deja la medida cautelar de suspensión condicionada a que quienes plantearon la denuncia presenten su demanda ordinaria para que entre en vigencia esa  medida cautelar.

En esa demanda, los alcaldes, liderados por el de Escazú, Arnoldo Valentín, tienen ahora dos semanas para exponer los detalles, la evidencia y las razones de peso por las cuales solicitan la nulidad absoluta de esos decretos emitidos por el Gobierno.

El juez deja claro que si los alcaldes no hacen esa gestión, se les condenará al pago de los daños y perjuicios causados.

El juez ordenó dejar sin efecto el decreto de agosto, sin embargo esto ya no tiene efecto.

Por eso los abogados a cargo del caso solicitaron este miércoles al juez que aclare si la orden también aplica para los decretos que establecen la restricción vigente en la actualidad.

La Cámara Nacional de Radiodifusión (CANARA) se había manifestado sobre esta línea desde el 20 de marzo, al señalar que no se generaran obstáculos legales en el país y le pidió a la Asamblea Legislativa que resolviera los temas relacionados con la suspensión de los derechos y garantías de la ciudadanía, según la Constitución Política, lo que nunca ocurrió.

CANARA instó desde entonces a los diputados a ejercer en defensa de la salud y manifestaron que solo consideran razonable las restricciones cuando la conducta ponga en riesgo de forma evidente y manifiesta la salud de los demás.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba