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Por falta de pruebas: Sala IV declara con lugar recurso de Araya contra una orden sanitaria

La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso presentado por el ingeniero químico Rolando Araya en reclamo de la orden sanitaria, emitida por el Ministerio de Salud en contra de él, por pedir que se realicen investigaciones a partir del dióxido de cloro y del clorito de sodio para enfrentar el covid-19.

La Sala Constitucional emitió el criterio debido a que ese ministerio no resguardó los vídeos en los que se basó para dictar la medida, por lo que se carece de prueba para sustentar la alegada lesión a la salud pública.

Según el fallo, por esta razón el afectado no puede acudir al expediente administrativo seguido en su contra y conocer cabalmente las circunstancias del caso.

Para Araya Monge la orden sanitaria emitida por el Ministerio de Salud «es un atropello a la libertad de expresión en el país, montado en un papel absolutamente sin ningún valor legal.

Los magistrados condenan al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

La Sala aclaró que el Tribunal no realizó valoración o análisis alguno sobre el uso del clorito de sodio o sus efectos para tratar o prevenir alguna enfermedad.

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