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Costarricenses que provengan de países autorizados podrán omitir cuarentena si presentan prueba negativa de covid-19

Por: Lorena Bogantes G.

Desde el pasado 14 de agosto, los costarricenses o residentes con sus trámites al día, pueden omitir la cuarentena tras su regreso a Costa Rica si proviene de alguno de los países que cuentan con la autorización del Ministerio de Salud, siempre y cuando puedan comprobar que permanecieron al menos 14 día en ese país, y presenten una prueba negativa de covid-19.

Además, deberán presentar el formulario Pase de Salud para el control sanitario respectivo en el momento de su ingreso al Costa Rica.

En caso de que el tiempo de permanencia sea menor a 14 días, deberá cumplir de manera obligatoria la orden sanitaria de cuarentena.

Para las personas extranjeras que cuenten con una permanencia legal autorizada, ya sea Residencia Permanente, Residencia Temporal, Categorías Especiales o No Residentes subcategoría Estancia; deberán presentar de manera obligatoria, además de la prueba negativa de covid-19, el documento de identificación migratorio para personas extranjeras vigente (DIMEX) y el comprobante de pago del aseguramiento a la seguridad social vigente.

¿Cuáles son los países autorizados para ingreso a Costa Rica?

Australia, Canadá, Confederación Suiza, Estado del Vaticano, Gran Ducado de Luxemburgo, Irlanda, Japón, Nueva Zelanda, Principado de Liechtenstein, Principado de Mónaco, Reino Bélgica, Reino de Dinamarca, Reino de España, Reino de los Países Bajos, Reino de Noruega, Reino de Suecia, Reino de Tailandia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República Chipriota, República de Austria, República de Bulgaria, República de Corea, República de Croacia, República de Eslovenia, República de Estonia, República de Finlandia, República de Hungría, República de Islandia, República de Letonia, República de Lituania, República de Malta, República de Polonia, República de San Marino, República de Singapur, República Eslovaca, República Federal de Alemania, República Francesa, República Helénica (Grecia), República Italiana, República Oriental del Uruguay, República Popular China, República Portuguesa, Rumanía.

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