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¿Tiene que trabajar los feriados de Semana Santa? De ser así, podrá cobrarlos dobles

Por: Valeria Sánchez

Las personas que deban trabajar los feriados obligatorios de Semana Santa, podrán cobrarlos como dobles, según informó el Ministerio de Trabajo. 

En este caso los feriados obligatorios corresponden al lunes 11 de abril, por la conmemoración de Juan Santamaría, el jueves santo 14 y el viernes santo 15 de abril.

El reconocimiento de estos días feriados se encuentran establecidos en el artículo 148 del Código de Trabajo, el cual indica que ninguna persona trabajadora está obligada a laborar en un día feriado, únicamente si está de acuerdo.

Debido a esto, si la persona se opone a trabajar, no puede ser sancionada por esa causa.

Por otro lado, si se laboran horas extra en estos feriados, deben remunerarse a tiempo y medio o sea pago triple.
El Ministerio le recuerda a las personas que sin importar si la empresa es nacional, transnacional o internacional, se deben conceder estos feriados.

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