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No establecer el 8% del PIB para educación en el presupuesto del 2025 es inconstitucional, señala la Sala IV

La Sala IV determinó que el expediente legislativo 24.535 es inconstitucional debido a que en el mismo el Gobierno no estableció el 8% del Producto Interno Bruto (PIB) para el año 2025. 

Los magistrados resolvieron este martes 7 de enero la duda planteada por la Defensoría de los Habitantes. 

El magistrado instructor, Luis Fernando Salazar, amplió sobre la decisión tomada en este tema. 

Según la resolución, la omisión de este 8% afecta directamente el derecho constitucional a la educación gratuita y costeada por la Nación y pone en riesgo el cumplimiento de las garantías fundamentales que el Estado debe proporcionar a la niñez, adolescencia y juventud.

La sentencia aún se encuentra en redacción y cuando dicho proceso finalice y sea notificado, la misma se publicará en el sitio Nexus, del Poder Judicial, informó la Sala. 

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