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Personas jurídicas deberán presentar sus declaraciones informativas antes del 31 de mayo

El próximo 31 de mayo vence la prórroga para que las personas jurídicas inactivas presenten las declaraciones informativas de los periodos 2020, 2021 y 2022.

El nuevo formulario para presentar la declaración estará disponible a partir de las 8 a.m. del 24 de abril del 2023. 

La presidente del Colegio de Contadores Públicos, Dunia Zamora, explicó que la  declaración debe basarse en la información contable y en las declaraciones o explicaciones que se están requiriendo en el formulario.

Asimismo, la Administración Tributaria amplió el plazo para que las personas jurídicas presenten la declaración ordinaria del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) 2023, del 1 de mayo hasta el 30 de junio, sin incurrir en una sanción.

Las personas deben llenar la declaración jurada y se debe firmar de forma digital. 

Dentro de la información que se solicita se encuentran la participación del capital, cantidad total de participaciones, cartera, distribución, valor nominal unitario, moneda, cantidad de derechos al voto, datos de identificación y geográficos.   

Incumplir con este registro conlleva sanciones que pueden ser desde un mínimo de tres salarios base hasta un máximo de 100 salarios base.

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