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Plazo para pagar impuesto solidario para casas de habitación vence el 15 de enero

Por Alejandro Meléndez D.

El 15 de enero del 2021 vence el plazo para pagar, sin recargo, el monto correspondiente al Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda. Su propósito principal es financiar viviendas dignas para la población en condición de pobreza extrema.

Este impuesto deben pagarlo aquellas personas con propiedades de uso habitacional, ocasional o de recreo, cuyo valor de la construcción y de las instalaciones fijas y permanentes supere los ¢133 millones, de acuerdo con lo indicado en el Decreto No 42764-H, publicado en el diario oficial La Gaceta, alcance No 334, este 22 de diciembre. Este monto se mantiene en relación con el del año anterior.

Para determinar el monto a pagar, se debe conocer el valor de la construcción principal y las instalaciones permanentes (rancho, piscina, muros, calles internas, canchas deportivas, entre otros).  Si una vez determinado, este valor supera el monto exento, se debe calcular el valor del terreno y sumarlo al valor de la construcción, el resultado obtenido de ambos valores proporcionará el valor total de la unidad habitacional.

Para calcular el impuesto a pagar se debe aplicar los tramos que rigen para este periodo, los cuales son los siguientes:


Valor
Tarifa
Sobre el exceso de 133.000.000 y hasta¢335.000.000 0,25%
Sobre el exceso de ¢335.000.000,00 y hasta ¢672.000.000 0,30%
Sobre el exceso de ¢672.000.000,00 y hasta ¢1.008.000.000 0,35%
Sobre el exceso de ¢1.008.000.000 y hasta ¢1.345.000.000 0,40%
Sobre el exceso de ¢1.345.000.000 y hasta ¢1.679.000.000y 0,45%
Sobre el exceso de ¢1.679.000.000y hasta ¢2.017.000.000 0,50%
Sobre el exceso de ¢2.017.000.000 0,55%

Este impuesto se declara cada tres años, pero su pago es anual, la próxima declaración debe realizarse en el 2022. Únicamente deben declarar quienes en el último año adquirieron una casa con este valor o uno mayor, por medio del formulario D-179, disponible en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV).

La suma a pagar la calcula automáticamente la Administración Tributaria a partir de la declaración presentada en el 2020.El pago se realiza por medio de conectividad en las páginas web de las diferentes entidades bancarias autorizadas, o en las sucursales, con solo indicar el número de cédula.

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