Sala Constitucional declara sin lugar recurso de amparo de la Fundación Omar Dengo en contra del MEP
La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo interpuesto por la Fundación Omar Dengo contra el Ministerio de Educación Pública (MEP) y el Consejo Superior de Educación.
Dicho recurso pretendía revertir la delegación de responsabilidades del Programa Nacional de Informática Educativa en la fundación Omar Dengo.
La Fundación alegó que tal decisión vulneró el principio del debido proceso y el de intangibilidad de los actos propios.
El alto Tribunal constató que el acuerdo de 2002 contenía una obligaciones y derechos recíprocos entre el Ministerio de Educación Pública y la fundación, por lo que antes que una situación de tutela de derechos fundamentales, en realidad es una materia de control de legalidad de actuaciones estatales.
Finalmente, para resolver este recurso, el Tribunal Constitucional tomó en cuenta que las autoridades recurridas afirmaron bajo juramento, que el servicio educativo no se vería afectado por la actuación cuestionada.