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Sala Constitucional estudiará acción contra Ley de retiro anticipado de FCL

Por Alejandro Meléndez

El jueves 16 de abril se le dio curso a la acción de inconstitucionalidad planteada contra el proyecto de retiro anticipado del Fondo de Capitalización Laboral (FCL).

Esta fue presentada por el economista, Eliécer Feinzaig contra  el artículo 4 de la Ley No. 9839 del 3 de abril de 2020 y cuestiona la ley en cuanto modifica el inciso c) del artículo 52 de la Ley No. 7558 del 3 de noviembre de 1995, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica.

A criterio del accionante, hay una violación a los principios constitucionales de mensurabilidad de las potestades públicas y razonabilidad técnica, así como una violación al artículo 190 de la Constitución Política en el trámite del procedimiento legislativo.

En apego al artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, el Tribunal confiere audiencia escrita a la Procuraduría General de la República, al presidente de la Asamblea Legislativa y al presidente ejecutivo del Banco Central de Costa Rica para que en un plazo de 15 días se refieran a los hechos alegados por el accionante.

La Sala aclara que de conformidad con el artículo 81 de la ley mencionada, el curso de la acción no suspende la vigencia de la norma en general, toda vez de que se trata de una acción de inconstitucionalidad que se admite sin que haya caso previo de conformidad con el segundo párrafo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, por lo  que las autoridades competentes están autorizadas para actuar con base en la norma impugnada mientras se tramita la citada acción.

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