Sala Constitucional rechazó recurso de amparo contra los Programas de Educación para la Afectividad y Sexualidad
La Sala Constitucional en la sesión del pasado 23 de febrero, mediante el voto N° 2018-002941, rechazó por el fondo y de manera definitiva, el recurso de amparo interpuesto contra la aplicación de los Programas de educación para la Afectividad y Sexualidad Integral del MEP.
El recurso de amparo fue presentado por la madre de un estudiante que alegaba que “los programas adoctrinan”, “que promueven la ideología de género”, y que “pervierten e incitan al morbo y a la pornografía”.
Sin embargo la resolución de la Sala Constitucional confirma lo que había dicho la Sala, mediante en el año 2012, cuando dictaminó que: “…existe una obligación para el Estado costarricense de implementar políticas de educación sexual para las personas menores de edad”. También dice que: “…el programa de estudio de “Educación para la afectividad y la sexualidad integral” elaborado por el Ministerio de Educación responde precisamente a dicha obligación convencional y legal».
Con esta resolución se reafirma que los programas fueron elaborados a partir de criterios técnicos y de evidencia científica, respetando el desarrollo psicoemocional de los estudiantes, respondiendo a un deber del Estado de garantizar el derecho a la educación, la salud, protección e información, entre otros y como una necesidad para prevenir las relaciones impropias, violencia de género, embarazo adolescente entre otras.