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Contadores Públicos piden a Tributación aclarar contenido sobre declaración informativa ante dudas de contribuyentes

Por: Adrián Fallas G. 

La presentación de la “Declaración anual de clientes, proveedores y gastos específicos” (declaración informativa D-151) continúa generando dudas en los contribuyentes, sobre qué deben reportar en el trámite tributario

Así lo comunicó el Colegio de Contadores Públicos, luego de que el viernes anterior la Dirección General de Tributación amplió el plazo de presentación de esa declaración correspondiente al 2020, hasta el 31 de marzo de este año.

El presidente de ese colegio, Guillermo Smith, manifestó que es necesario que Tributación aclare qué debe incorporarse en el documento; por ejemplo, el alcance de concepto de compras, donde se indique que debe descartarse las transacciones realizadas con el Estado, incluyendo instituciones autónomas y semiautónomas, bancos del sistema bancario, municipales, entre otros.  

Smith agregó que no solo importa extender el plazo para la presentación de la declaración informativa, sino que también se debe comprender cuál es el entendimiento y el alcance de los documentos a reportar

Los obligados a presentar la declaración incluyen a todas las personas físicas o jurídicas públicas o privadas sujetas al no pago del impuesto sobre la renta para el periodo fiscal 2020, que consta de 15 meses, pues abarca desde octubre de 2019. 

La multa por no presentar este documento es de mínimo tres salarios base, que puede oscilar en más de un millón 300 mil colones.

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