¡Atención conductoras! Tránsito advierte que la ley sanciona a quienes den pecho a sus hijos mientras manejan

Nota por Dio Paola Jiménez Moya.
La Policía de Tránsito recordó a los conductoras, que está prohibido soltar a los menores de edad, de sus dispositivos de retención o desabrocharse el cinturón de seguridad mientras el vehículo se encuentra en marcha.
Las autoridades recalcaron que ni la prisa ni la necesidad de alimentación del lactante justifican desatender las normas de seguridad. Martín Sánchez Agüero, subdirector de la Policía de Tránsito, enfatizó que alimentar o asistir a un menor debe realizarse con el automotor completamente detenido en un lugar seguro.
El incumplimiento de esta norma conlleva una sanción de ₡245.000 y la acumulación de 4 puntos en la licencia por trasladar a un menor sin el dispositivo adecuado. De igual forma, el adulto que se suelte el cinturón de seguridad para asistir al niño se expone a una multa de ₡123.000.
Sánchez explicó que no existe capacidad humana para retener a un infante en los brazos durante un impacto frontal, incluso si el adulto posee gran fuerza física. Por esta razón, la seguridad del menor debe prevalecer sobre cualquier urgencia, incluyendo citas médicas o el ingreso a centros educativos.
En el 2025 se sancionó a más de 1000 conductores, por transportar menores sin el dispositivo de seguridad.
Además, 3.630 choferes recibieron multas por no utilizar el cinturón y 1.585 fueron multados por permitir que sus acompañantes viajaran sin la debida sujeción.



