Sala Constitucional: Proyecto de empleo público no se puede aplicar en CCSS, municipalidades, «U» Públicas, Poder Judicial y TSE
Por Alejandro Meléndez D.
La Sala Constitucional tuvo observaciones sobre la Ley Marco de Empleo Público y determinó que es inconstitucional aplicar esa legislación en las municipalidades, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Poder Judicial y las universidades públicas.
Los magistrados aseguran que la iniciativa de ley viola la independencia constitucional que tienen estas instituciones, pues somete los salarios de sus trabajadores a la dirección del Ministerio de Planificación (Mideplan).
La Sala evacuó las dudas que existían de parte de diputados sobre este proyecto de ley y concluyó que existen 35 inconstitucionalidades por el fondo en el texto.
No obstante, el alto tribunal si avaló algunos puntos como el tema del salario global en el sector público, los cambios sobre convenciones colectivas y la objeción de conciencia que incluye el proyecto.
El magistrado presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, afirmó que no se encontraron vicios de procedimiento.
Castillo dijo que la consulta que envió la Corte Suprema de Justicia resultó inevacuable, sin embargo, las tres consultas que enviaron los diputados si se evacuaron por el fondo.
Ahora le corresponde a la Asamblea Legislativa subsanar lo señalado por la Sala mediante un acuerdo primero en la Comisión de Consultas de Constitucionalidad y luego en el Plenario.