Nacionales

Asociaciones sin fines de lucro deben pagar impuesto sobre la renta a menos que sean declaradas de utilidad pública

El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica recomendó, a todas las asociaciones sin fines de lucro, que no están exentas del pago del impuesto sobre la renta, a menos de que cuenten con una declaratoria de utilidad pública.

La presidente de la entidad, Dunia Zamora, recordó a las asociaciones sin fines de lucro, que tienen que cumplir sus obligaciones tributarias de pago y otras formales; pues muchas creen, que, por ser entidades no lucrativas, no tienen responsabilidades. 

Las asociaciones con una declaratoria de utilidad pública no están sujetas al Impuesto de Renta sobre las Utilidades “siempre y cuando los ingresos que obtengan, así como su patrimonio, se destinen en su totalidad, exclusivamente para fines públicos o de beneficencia y que, en ningún caso, se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes”, según la normativa. 

Los contribuyentes con obligaciones en el impuesto de renta pueden presentar la declaración, hasta el 15 de marzo, y pagar el impuesto cuando corresponde, para evitar así sanciones económicas.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba