Contribuyentes sí deben confirmar facturas de compras
Por: Adrián Fallas G.
Los contribuyentes sí deben de confirmar algunas de sus facturas de compras, tras la reciente publicación de un decreto ejecutivo en el Diario Oficial La Gaceta.
El presidente del Colegio de Contadores, Guillermo Smith, indicó que si bien el decreto cambió las reglas sobre el proceso de aceptación de los comprobantes electrónicos, no es correcto interpretar que todos los comprobantes no se deben confirmar.
Aquellos contribuyentes que adquieran o compren bienes o servicios directamente relacionados con el giro comercial de sus negocios y que no estén cubiertos por beneficios fiscales, podrán confirmar el comprobante electrónico en su totalidad, para que se conviertan en crédito fiscal o como un gasto deducible, o en su defecto, deberán rechazarlo total o parcialmente.
Si el emisor o receptor del comprobante electrónico no lo confirma en el plazo, que al respecto establezca la Dirección General de Tributación mediante resolución general, se presumirá que los comprobantes fueron aceptados y en consecuencia formara parte de las operaciones que incidan en las declaraciones autoliquidativas.
Es importante tener claro que todos los documentos que no son rechazados formarán parte de la información que se acumulará en las bases de datos del Ministerio de Hacienda y, por ende, deberán incluirse en las declaraciones que regularmente deben hacer los contribuyentes como gastos deducibles.