Sala Constitucional respalda restricción a menores en evento final de Marcha LGBTIQ+
La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo contra el Ministerio de Justicia y Paz, por recalificar como “evento para mayores de edad” la actividad final de la Marcha del Orgullo LGBTIQ+ programada para el 29 de junio anterior.
Los magistrados consideraron legítima la decisión de la Comisión de Control y Calificación de Espectáculos Públicos, al estar orientada a proteger el interés superior de las personas menores de edad.
Según la resolución 2025-23816, la exclusión de menores busca prevenir que se expongan a expresiones sexualizadas o vestimenta que puedan considerarse inapropiadas para su edad.
El Tribunal aclaró que la medida no impone censura previa ni limita la forma de vestir o expresarse de los asistentes, y solo restringe el acceso a esta actividad específica.
La sentencia completa será publicada en el sitio web del Poder Judicial.