TSE rechaza recurso presentado por Marta Esquivel que buscaba sacar al PLN de las elecciones

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó de plano un recurso de amparo electoral y de nulidad interpuesto por la expresidente de la CCSS y exministra Marta Eugenia Esquivel, que buscaba anular la asamblea del Partido Liberación Nacional (PLN) donde se ratificaron las vicepresidencias y nóminas legislativas.
En el recurso, Esquivel alegaba que el proceso era inválido porque la agrupación política aún no ha completado la asamblea cantonal de San Ramón.
Los magistrados argumentaron que el artículo 103 de la Constitución Política dice que los actos o disposiciones que dicta el TSE en materia electoral no son recurribles, lo cual, tratándose de recursos de amparo, es reiterado por el artículo 30 inciso d) de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
En cuanto a la impugnación de decisiones de la administración electoral, señalaron que el amparo es un mecanismo para la tutela efectiva de los derechos fundamentales de contenido político electoral y, a texto expreso, el artículo 225 del Código Electoral dice que “los reclamos contra las decisiones de los organismos electorales inferiores no se tramitarán por esta vía, sino por la del recurso de apelación electoral.”
Además, en la resolución el TSE explica a los recurrentes que su solicitud de que el recurso sea conocido por magistraturas suplentes es improcedente pues no se está ante ninguna de las causales de recusación de la Ley Orgánica del Poder Judicial ni del Código Procesal Civil.



