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Patronos podrán reanudar temporalmente contratos de trabajo suspendidos durante pandemia

Por: Adrián Fallas G. 

Los patronos pueden reanudar, temporalmente, los contratos de los empleados suspendidos, a raíz de la emergencia nacional por el covid-19.

Así lo informaron en el Ministerio de Trabajo, tras una modificación al decreto que le permite a las empresas suspender los contratos de trabajo.

Los empleados deberán ser notificados por su patrono, con al menos 48 horas de antelación, para que regresen a sus funciones, según las necesidades del comercio, durante el periodo de apertura.   

Además, la modificación establece que el empleador podrá optar por esta reanudación temporal del contrato laboral, siempre y cuando lo considere oportuno y existan las condiciones para ello, lo cual no implica que deban ser días o semanas continuas.

Según el Ministerio de Trabajo, con corte al 12 de agosto, casi 6 mil empresas de diferentes actividades comerciales, han solicitado la suspensión temporal de contratos labores.

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