¡Recuerde! Si trabaja este día de la madre le deben pagar doble
El Ministerio de Trabajo recordó que el 15 de agosto, fecha en que se celebra en Costa Rica el Día de la Madre, es feriado de pago doble obligatorio.
Aunque es una fecha que, en caso de que el trabajador decida no laborar, quien sí lo haga deberá recibir el pago doble por ese día laborado.
Aquellas empresas que cancelan salario semanalmente, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado.
Los centros de trabajo que pagan mensual o quincenalmente y los que desarrollan actividad comercial que lo hacen semanalmente, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados.
En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 15 de agosto. Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para que complete el pago doble que establece la ley.
Si en el día feriado se trabajan horas extra se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple.
Es importante tomar en consideración que, aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional tiene que conceder el día feriado a las personas funcionarias que laboran en el país.
Cualquier convenio sobre renuncia del disfrute de los feriados, es absolutamente nulo según el artículo 11 del Código de Trabajo.