Salud

Sala IV condena a la CCSS por violentar derecho a la salud de menor con espina bífida 

La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo interpuesto por los padres de un menor de dos años con espina bífida, por la aparente vulneración del derecho constitucional a la salud del niño.

Debido a la condición congénita, el menor tiene que utilizar una sonda para vaciar la vejiga aproximadamente cada 4 horas.

Según el recurso de amparo que presentaron sus padres, el centro de salud no entrega la cantidad de sondas que el menor necesita. 

La Sala Constitucional ordenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), proveer al menor tutelado sondas Nelaton de un solo uso y otros insumos necesarios, para garantizar así un cateterismo limpio intermitente seguro y efectivo.  

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