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Juristas afirman que decreto presidencial no puede modificar ejecución de penas

La presidente de la República, Laura Fernández, firmó este viernes durante el traspaso de poderes un decreto relacionado con el denominado “año carcelario”, con el objetivo de fijar en 360 días hábiles el cómputo de las condenas para privados de libertad. 

Sin embargo, abogados expertos en materia penal y constitucional cuestionaron la legalidad de la medida y advirtieron que un decreto ejecutivo no puede modificar la forma de ejecución de las penas establecida por Ley.

Fernández afirmó que los jueces interpretan la Ley y establecen que un año carcelario sea de ocho meses y no de 360 días.

El abogado experto en temas penales Rafael Rodríguez explicó que el denominado “año carcelario” en Costa Rica responde a una fórmula técnico-jurídica históricamente utilizada en materia penal y penitenciaria, donde cada mes se computa como de 30 días y el año como equivalente a 360 días.

El abogado y académico Federico Malavassi amplió sobre las interpretaciones que realizan los jueces y señaló que la vía decreto no es la correcta para hacer la corrección.


El jurista experto en temas penales Federico Campos cuestionó la legalidad del decreto y advirtió que el Poder Ejecutivo no puede modificar mediante una disposición administrativa beneficios penitenciarios establecidos por Ley.

Por otro lado, Campos señaló que el artículo 55 del Código Penal contempla descuentos de pena vinculados al trabajo penitenciario y recordó que un decreto no tiene rango suficiente para alterar normas legales ni tratados internacionales sobre derechos humanos.

Los juristas coincidieron en que el Poder Ejecutivo no puede alterar mediante decreto disposiciones establecidas en normas de rango legal, especialmente en materia penal, donde rige el principio de legalidad.

Los expertos insistieron en que cualquier cambio relacionado con descuentos penitenciarios o formas de cómputo de las penas requiere una reforma legal aprobada por la Asamblea Legislativa y no únicamente una disposición administrativa.

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