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Pago de impuesto a personas jurídicas vence el 31 de enero de este año

Por: Valeria Sánchez Q. 

Las empresas, sociedades y sucursales que tengan que realizar el pago del impuesto a las personas jurídicas, lo podrán hacer hasta el 31 de enero de este año, como parte del periodo fiscal. 

Así lo informó el Ministerio de Hacienda. 

De acuerdo con la cartera, quiénes no atiendan esta obligación se exponen al pago de intereses y a una sanción por morosidad, como lo dispone el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Por otro lado, el pago se puede realizar por medio Débito en Tiempo Real (DTR), la página web de la entidad bancaria o directamente en sus ventanillas con solo indicar el número de identificación de la persona jurídica.

En este caso, las que deben realizar este pago corresponde a las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, las empresas individuales de responsabilidad limitada, entre otras. 

Mientras que las que están exentas de este pago son las micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

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