TSE fija reglas claras: animales no podrán ingresar a recintos de votación en 2026

De cara a las Elecciones Nacionales del 1.º de febrero de 2026, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recordó la prohibición de ingresar con animales al local y al recinto de votación, según lo establece el Reglamento para el Ejercicio del Sufragio, decreto n.° 13-2025.
El artículo de la normativa prohíbe el ingreso de animales a las aulas donde funcionan las juntas receptoras de votos y a las áreas donde se ubican las urnas.
La única excepción aplica para personas con discapacidad visual que requieran un perro de servicio y para electores que cuenten con un animal de apoyo emocional, siempre que esta condición haya sido acreditada previamente ante la junta receptora de votos (JRV).
En estos casos, los integrantes de la JRV, con el apoyo del Cuerpo Nacional de Delegados, deberán garantizar el cumplimiento estricto de la disposición.
El TSE señaló que, aunque reconoce el vínculo afectivo entre las personas y sus mascotas, la presencia de animales en los espacios de votación puede poner en riesgo la seguridad de los participantes, afectar el material electoral y alterar el orden necesario para el adecuado desarrollo de la jornada.
Respecto a la presencia de animales en los centros de votación, como escuelas, colegios o salones comunales, la autorización dependerá de las políticas internas de cada institución y del criterio del encargado del inmueble.



