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¡Atención emprendedores! Modificación de ley beneficia con la reducción en el pago del Impuesto sobre la Renta a las micro y pequeñas empresas

El Colegio de Contadores Públicos recordó a las micro y pequeñas empresas que la modificación de la Ley 10392, los beneficia con una reducción del Impuesto sobre la Renta a partir del presente año fiscal.

La modificación está vigente desde el 1° de enero de 2024 y se basa en una ampliación de los años fiscales de aprovechamiento en la reducción del pago del Impuesto Sobre las Utilidades.

Con ello, los micro y pequeños emprendedores, a partir de este año, no pagarán impuestos hasta el cuarto año fiscal con un 25%. De igual manera, 25% para el quinto año y 50% para el sexto año; beneficios que también alcanzan a los pequeños y medianos productores Agropecuarios (Pympas).

Finalmente, el Colegio recordó que el acceso a este beneficio es para las MiPymes que no superen la suma de ¢122.145.000 millones de ingresos brutos, deben estar al día con el pago de cargas sociales, obligaciones tributarias y laborales, así como la correspondiente inscripción ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) o ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

Previo a la modificación del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley 7092), el pago de impuestos iniciaba a partir del segundo año fiscal con un 25%, 50% en el tercero, y el 100% para el cuarto, quinto y sexto año.

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