Sala IV autoriza extraditar ticos a Uruguay por narco y terrorismo, incluso por delitos pasados
La Sala Constitucional dio luz verde al proyecto de ley que aprueba el Tratado de Extradición entre Costa Rica y Uruguay, bajo el expediente legislativo N.° 24.791.
Por unanimidad, los magistrados concluyeron que no existen vicios esenciales de constitucionalidad y que el acuerdo es válido si se cumplen ciertas condiciones legales.
Uno de los puntos clave es que el tratado será retroactivo para delitos de narcotráfico y terrorismo, lo que permitirá procesar solicitudes de extradición por hechos ocurridos antes de la entrada en vigor del acuerdo, siempre que se cumplan las garantías jurídicas establecidas.
El país solo podrá conceder la extradición si obtiene seguridad absoluta de que no se impondrá la pena de muerte ni cadena perpetua.
Si ya existe una condena, las autoridades deberán garantizar que estas penas serán conmutadas por sanciones compatibles con el ordenamiento jurídico costarricense.
Además, la Sala aclaró que la detención provisional solicitada con fines de extradición deberá estar respaldada por una orden judicial del país que la solicita.
La sentencia número 2025-023105 está en redacción y se publicará en el sitio oficial del Poder Judicial una vez finalizada.