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TSE definió reglas en materia de igualdad de género en elecciones municipales

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) definió que los partidos políticos que participen de las elecciones municipales de 2024, deben presentar una serie de listas, cuyo encabezamientos sean paritarios para mujeres y hombres.

Por ejemplo, si una agrupación política compite por las regidurías de los 20 cantones de la provincia San José, deberá presentar 10 listas en las que el primer lugar sea ocupado por mujeres y 10 encabezadas por un hombre.

Además, el sexo que encabece las nóminas suplentes será el mismo de aquel que figure en el primer lugar de las respectivas nóminas propietarias.

Esas reglas quedan excepcionadas en los siguientes casos: candidaturas a las regidurías presentadas por agrupaciones cantonales, listas presentadas por coaliciones y las nóminas que los partidos políticos presenten para las concejalías municipales de distrito que sean únicas en su cantón.

Las agrupaciones políticas, a través de sus asambleas superiores, deberán modificar su normativa interna para dar cabal cumplimiento a la paridad horizontal en la postulación de candidaturas a cargos plurinominales (regidurías, concejalías y concejalías municipales de distrito) de los gobiernos locales.

El TSE comunicó que debido al “avance del calendario electoral y la complejidad para las agrupaciones políticas, de readecuar sus procedimientos internos para lograr los encabezamientos paritarios en las listas de aspirantes a cargos plurinominales”,  la sentencia se deberá cumplir hasta los comicios municipales del 2024.

La acción de oficio se da luego de que el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y la Defensoría de los Habitantes le solicitaron al TSE definir las reglas de igualdad entre mujeres y hombres para dichas elecciones.

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